Rue20 Español/Madrid
El acusado, que llamaba «moro de mierda» y «maricón» al trabajador, ha reconocido los hechos y se ha declarado «muy arrepentido» ante el tribunal.
La Audiencia Provincial de Cantabria ha dictado hoy una sentencia que envía un mensaje claro contra la xenofobia en España: un cliente habitual de una cafetería de Santander ha sido condenado a quince meses y un día de prisión por un delito continuado de odio contra un camarero de origen marroquí. El acusado, que durante meses se dirigió al trabajador con expresiones como «moro de mierda» y «maricón», ha reconocido los hechos en una vista preliminar celebrada en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial.
Según fuentes oficiales, la Fiscalía había solicitado inicialmente una pena de año y medio de prisión, 3.600 euros de multa y 5.500 euros de indemnización, lo que elevaba la petición total a 9.000 euros. Sin embargo, el acusado consignó 1.539 euros antes del juicio como primer pago a la víctima, lo que permitió aplicar la atenuante de reparación del daño y rebajar la condena. Finalmente, la pena se ha fijado en 15 meses de cárcel, 813 euros de multa –a razón de tres euros diarios durante nueve meses y un día– y una indemnización de 4.515 euros por los daños morales causados.
Según el escrito del fiscal, la conducta del acusado fue «deliberada, hostil y racista», con el claro propósito de menoscabar la dignidad de la víctima. Desde que el camarero, de origen marroquí, comenzó a trabajar en el establecimiento, el cliente se refería a él «de manera reiterada y en presencia de clientes y otros trabajadores» como «moro». En otras ocasiones, se dirigía directamente a la víctima con expresiones como «‘moro de mierda’, ‘vete a tu país moro de mierda’ o ‘maricón'».
La humillación no cesaba ni siquiera en ausencia del camarero. El acusado preguntaba a otros empleados con la misma actitud xenófoba: «¿Hoy no trabaja el moro de mierda?». Además, en una ocasión, se encontró con la víctima en otro establecimiento y, ante los amigos de este, «con idea de humillarle y menospreciarle», repitió los mismos insultos.
El impacto psicológico en el trabajador fue profundo. Según consta en la resolución judicial, el camarero padeció «un cuadro estresante desadaptativo reactivo con componente ansioso y depresivo» que solo cesó cuando presentó denuncia y puso fin a la situación.
Durante la audiencia, el acusado ejerció su derecho a la última palabra y se mostró «muy arrepentido», manifestando: «lo siento muchísimo». Se ha comprometido a abonar el resto de la indemnización –2.976 euros– en cuotas mensuales de 150 euros, tras alegar que se ha quedado sin trabajo.
El tribunal ha suspendido la pena de prisión por un periodo de tres años, condicionada a que el acusado no vuelva a delinquir y complete el pago de la indemnización. Además, se le ha inhabilitado durante cinco años y quince meses para ejercer cualquier profesión u oficio en los ámbitos educativo, deportivo o de tiempo libre que implique contacto con menores.
La sentencia, que ha sido declarada firme, adquiere especial relevancia en un contexto europeo donde los delitos de odio contra la comunidad marroquí y musulmana han aumentado en los últimos años. La decisión de la Audiencia de Cantabria demuestra que la justicia española no tolera conductas que atenten contra la dignidad de los trabajadores inmigrantes, cuyas contribuciones a la economía y la sociedad son fundamentales.
Para la comunidad marroquí en España, que representa uno de los colectivos extranjeros más numerosos del país, esta condena supone un respaldo a la lucha contra la discriminación racial y un recordatorio de que los insultos y la humillación tienen consecuencias penales. La indemnización de 4.515 euros, aunque simbólica, reconoce el daño moral infligido a un trabajador que solo buscaba ganarse la vida con dignidad.
