Rue20 Español/Rabat
El abogado y presidente del Club de Abogados de Marruecos, el profesor Mourad Elajouti, afirmó que la decisión de la Comisión de Apelación de la CAF se considera una aplicación estricta del principio de legalidad organizativa, ya que la Comisión se basó en los artículos 82 y 84 de los reglamentos de la Copa Africana de Naciones para anular la decisión anterior de la Comisión Disciplinaria.
Desde el punto de vista legal, dice el abogado Mourad Elajouti, esto significa que la Comisión calificó el comportamiento de la selección senegalesa como una violación grave de las obligaciones contractuales y deportivas estipuladas en el sistema de la competición, lo que condujo a la consecuencia legal directa, que es la declaración de la derrota «por retirada» (Forfait) con un resultado de 3-0 a favor de Marruecos, que es una sanción objetiva que no admite interpretación una vez que se establece el hecho de la violación.
Desde el punto de vista procesal, esta decisión se considera «definitiva» a nivel de los órganos internos de la Unión Africana, lo que le otorga una fuerza ejecutiva inmediata que conduce a la recuperación legal del título.
Además, el recurso de la Federación Senegalesa al TAS, añade Elajouti, es un ejercicio legítimo del derecho de litigio, y la disputa allí se centrará en la «legalidad de la calificación de los hechos» y el grado de conformidad de la aplicación de los artículos 82 y 84 con el espíritu de la ley del juego y los principios generales de la justicia deportiva.
En conclusión, acudir al tribunal del TAS no suspende la aplicación de la decisión de la CAF, excepto en caso de que el tribunal emita una «medida provisional» a petición de la parte senegalesa, lo cual está sujeto a condiciones legales precisas.
