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viernes, noviembre 22, 2024

El rey le echa un cable a Feijóo y propone su investidura

 

Rue20 Español/ Casablanca

 

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Acabadas las consultas llevadas a cabo por el Rey Felipe Sexto con los representantes de los grupos políticos españoles con representación parlamentaria que han comparecido en el procedimiento previsto en el artículo 99 de la Constitución Española durante los días 21 y 22 de agosto, el Rey ha propuesto a Alberto Núñez Feijóo como candidato a la Presidencia del Gobierno y ha dado traslado de dicha propuesta a la Presidenta del Congreso de los Diputados a los efectos correspondientes, según informó hace minutos el Palacio Real español.

 

El rey Felipe Sexto tomó esta decisión bajo las siguientes consideraciones:

 

Primera.- Los representantes de los grupos políticos con representación parlamentaria que han comparecido en el procedimiento han expuesto al Rey el sentido de sus apoyos parlamentarios.

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Segunda.- El representante del Partido Popular, don Alberto Núñez Feijóo, le ha trasladado al Rey su disposición a ser candidato al proceso de investidura como Presidente del Gobierno.

 

Tercera.- El Partido Popular ha sido el grupo político que ha obtenido mayor número de escaños en las pasadas elecciones del 23 de julio.

 

En ese sentido, conviene señalar que, salvo en la Legislatura XI, en todas las elecciones generales celebradas desde la entrada en vigor de la Constitución, el candidato del grupo político que ha obtenido el mayor número de escaños ha sido el primero en ser propuesto por el Rey como candidato a la Presidencia del Gobierno. Esta práctica se ha ido convirtiendo con el paso de los años en una costumbre.

 

En el procedimiento de consultas llevado a cabo por el Rey no se ha constatado, a día de hoy, la existencia de una mayoría suficiente para la investidura que, en su caso, hiciera decaer esta costumbre.

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Cuarta.- De conformidad con lo previsto en el apartado 3 del artículo 99 de la Constitución, si Alberto Núñez Feijóo obtiene la confianza de la Cámara, será nombrado Presidente del Gobierno.

 

De conformidad con lo previsto en el apartado 4 del artículo 99, de no obtener la confianza de la Cámara, el Rey tramitará sucesivas propuestas en la forma prevista en dicho artículo para que el Congreso de los Diputados pueda decidir si otorga o no otorga la confianza al candidato propuesto por el Rey.

 

Y en ausencia del otorgamiento de esa confianza, el rey procedería, en los términos previstos en el apartado 5 del artículo 99 de la Constitución, a la disolución de las Cámaras y a la convocatoria de nuevas elecciones generales con el refrendo de la Presidenta del Congreso de los Diputados.

 

 

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