Rue20 Español/Madrid
El más alto tribunal de la jurisdicción contencioso-administrativa en España ha dado este jueves un giro definitivo a uno de los casos más llamativos de error judicial de las últimas décadas.
El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de Ahmed Tommouhi a recibir una indemnización de 2,5 millones de euros tras haber pasado cerca de 18 años en prisión por delitos de violación de los que posteriormente fue exonerado, según recoge la prensa española.
La resolución revoca una decisión previa de la Audiencia Nacional y del Ministerio de Justicia, que habían rechazado compensar al afectado al considerar que no existía un error “craso” en la condena original. Sin embargo, el Supremo concluye ahora que sí hubo un fallo “inequívoco y cualificado” en la valoración de pruebas esenciales.
Según la sentencia, el tribunal que dictó la condena no tuvo en cuenta un informe pericial biológico que ya formaba parte del procedimiento y que resultaba incompatible con la autoría de los hechos. El perfil genético del acusado no coincidía con los restos de semen hallados en la escena, una evidencia que, de haber sido valorada correctamente, habría cambiado el sentido del fallo.
El Supremo considera que esa omisión tuvo consecuencias irreversibles: el acusado permaneció privado de libertad durante un periodo “extraordinariamente prolongado”, lo que supone, según la resolución, una lesión de máxima intensidad del derecho fundamental a la libertad.
Tommouhi estuvo encarcelado entre 1991 y 2009, primero en prisión provisional y después cumpliendo condena. Durante ese tiempo, acumuló más de tres cuartas partes de la pena impuesta antes de que su caso empezara a reexaminarse con nuevas pruebas científicas.
Años después, el propio sistema judicial fue revisando sus decisiones. En 2023, el Tribunal Supremo acabó anulando las condenas que aún pesaban sobre él tras un proceso de revisión basado en pruebas de ADN que no habían sido correctamente incorporadas en su momento.
El afectado reclamaba más de 3,6 millones de euros, pero el alto tribunal ha fijado la compensación en 2,5 millones, al considerar que esa cifra resulta “razonable y proporcionada” en relación con el daño moral, la pérdida de oportunidades vitales y el impacto personal de casi dos décadas de privación de libertad.
El fallo subraya que el caso no puede analizarse como un error puntual, sino como una prolongación continuada del sufrimiento, que se intensifica con el paso del tiempo en prisión.
La sentencia también rechaza la petición de atribuir “culpa grave” a los magistrados que dictaron la condena original. El Supremo recuerda que este procedimiento se limita exclusivamente a determinar la responsabilidad patrimonial del Estado, sin entrar a valorar responsabilidades personales de los jueces.
Más allá de la cifra de la indemnización, la resolución reabre el debate sobre la fiabilidad del sistema probatorio en la justicia penal y sobre el alcance real de la reparación cuando una persona ha perdido casi dos décadas de su vida tras una condena errónea.
