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jueves, junio 4, 2026

Lectura analítica de la Carta Real dirigida al jefe del gobierno 2/2

 

Rue20 Español/ Rabat

 

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Mohamed Benabdelkader

 

La presente lectura analítica de la Carta Real dirigida al jefe del gobierno relativa a la revisión del Código de la Familia, toma en cuenta la dimensión comunicativa de dicha Carta, así como del estatus simbólico y constitucional del Rey, en la primera parte publicada aquí la semana pasada, hemos focalizado nuestro análisis en el contexto como elemento determinante en la producción y la recepción de la Carta Real.

 

En esta segunda y última parte intentaremos identificar otros determinantes claves para comprender el contenido de la Carta Real relativa a la revisión del código de familia y captar su significado. Cuatro determinantes que conciernen el mecanismo institucional de dicha revisión, su marco de referencia, el alcance de la revisión y su reto estratégico.

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Mécanismo de la vrévision

 

Cabe recordar que el contexto circunstancial de la elaboración del actual código de familia, transcurridos sólo cinco años desde que el Rey asumió el poder, se caracterizó por la creación de un mecanismo especial, a saber, el comité consultivo encargado de revisar el Código del Estatuto Personal, mientras que en el contexto actual no se ha adoptado el mismo mecanismo consultivo, Su Majestad el Rey decidió, , establecer otro mecanismo al encomendar a través de su Carta al jefe del gobierno y de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo 78 de la Constitución, la dirección de la preparación de esta importante reforma, de manera colectiva y común, al Ministerio de Justicia, al Consejo Superior del Poder Judicial y a la Presidencia del Ministerio Público.

 

Conviene recordar que dicho capitulo estipula que la iniciativa de leyes pertenece al mismo tiempo al Jefe de Gobierno y a los miembros del Parlamento, lo que significa que Su Majestad el Rey, recurre a un mecanismo constitucional existente para el cumplimiento de esta misión legislativa mediante:

 

1. Su encargo al jefe del gobierno de tomar la iniciativa de elaborar una revisión del Código de Familia, a partir de amplias consultas con organismos nacionales y actores sociales concernidos por esta cuestión. Así podemos deducir que la legislación relativa a importantes cuestiones sociales que necesitan un consenso básico, debe encajar hoy en día dentro de la labor ordinaria de las instituciones constitucionales y en el marco de la cooperación entre las autoridades ejecutiva, legislativa y judicial, cada una en el marco de sus competencias.

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2. La atribución de la dirección del proceso de reforma de manera colectiva y conjunta al Ministerio de Justicia, al Consejo Supremo del Poder Judicial y a la Presidencia del Ministerio Público. Lo que constituye una indicación significativa y fuerte de la importancia de la cooperación y la complementariedad entre los dos poderes judicial y ejecutivo.

 

3. Instar al jefe del gobierno que involucre a las instituciones relevantes en el proceso de enmienda y que esté al mismo tiempo, abierto a los actores de la sociedad civil, lo que quiere decir que el hecho de que el gobierno asuma su responsabilidad no se contradice con el deber de consultar a otros actores conformemente al principio constitucional de la democracia participativa.

 

Por supuesto, una lectura en profundidad de la Carta Real debe captar el significado histórico que implica este cambio del mecanismo consultivo al mecanismo institucional, un cambio relevante que dice mucho sobre la madurez de la experiencia democrática en Marruecos, pero también sobre la cohesión social consolidada y la confianza creciente entre los distintos actores.

 

Referencia de la revisión:

 

Así pues, se enmarca el proceso de reforma del Código de Familia, dentro de las tareas fundamentales de la institución gubernamental, constituyendo por su dimensión estratégica un proyecto nacional, cuya realización debería llevarse a cabo conjuntamente con el poder judicial, en consulta con otras instituciones relevantes y apertura a la sociedad civil. Con respecto al marco referencial que orienta todo este proceso, es Su Majestad el Rey, Comandante de los creyentes, quien lo determina a través de sus claras y clarividentes directivas.

 

En el texto de la Carta Real al jefe del gobierno se fijan los valores y los principios determinantes de esta importantísima reforma, a través de varios enunciados relevantes (Estamos seguros de que…Como habíamos reiterado más de una vez… Llamamos a estas instituciones…Hemos decidido…) que consagran la autoridad real de decidir, supervisar y dirigir, y consolidan la plena legitimidad constitucional del Rey en la supervisión de la política general del Estado.

 

Por tanto, el proceso de revisión del Código de familia que debe llevarse a cabo se ve marcado por una fuerte presencia de la Comandancia de los Creyentes, quien determina el marco referencial de esta revisión en los principios de justicia, igualdad y solidaridad, derivados de nuestra verdadera religión islámica, así como de los valores universales que emanan de los acuerdos internacionales ratificados por Marruecos.

 

Alcance de la revisión

 

En sus sublimes mensajes sobre algunos sectores gubernamentales e instituciones nacionales, Su Majestad el Rey siempre ha llamado la atención sobre las principales disfunciones en políticas públicas, y ha dado sus altas instrucciones sobre cómo superarlas para mejorar el performance de las diferentes autoridades públicas y proteger los derechos de los ciudadanos y ciudadanas, y eso dentro de una perspectiva estratégica que se inscribe en el marco de la política general del Estado. En este sentido, el mensaje real al jefe del gobierno, sobre la revisión del Código de Familia, no entra en detalles sobre lo que se debe hacer respecto de la edad para contraer matrimonio, la poligamia o los derechos adquiridos durante la relación matrimonial o resultantes de su disolución, u otras cuestiones familiares que son actualmente objeto de discusión en la opinión pública nacional. Lo que Su Majestad el Rey destaca esencialmente en su mensaje, son los motivos básicos de la revisión del Código de Familia, y muy particularmente el alcance de esta revisión, que viene establecido en la Carta Real mediante tres niveles:

 

Superar algunos de los defectos y disfunciones del código de familia aparecidos durante su aplicación judicial.

 

Armonizar sus disposiciones con el desarrollo de la sociedad marroquí y las exigencias del desarrollo sostenible.

 

Velar por su coherencia con los avances realizados en nuestra legislación nacional.

 

Así pues, el mensaje real define la misión del Gobierno en tres niveles básicos que constituyen el ámbito de la enmienda, que son la superación de defectos, la adaptación social y la coherencia legislativa. Para que no se desvía el proceso de enmienda de este ámbito, Su Majestad el Rey vuelve en un párrafo posterior de su mensaje para insistir una vez más en que estas defunciones son aquellas que la aplicación judicial ha revelado a nivel de los tribunales del Reino durante un período de aproximadamente veintiséis años.

 

Además de corregir estas disfunciones, Hay otro nivel de revisión, que se refiere a la modificación de los requisitos del código de familia que se han vuelto obsoletos debido al desarrollo de la sociedad marroquí y de las leyes nacionales.

 

Así, son tres las normas básicas propuestas por el mensaje real para reformar el código de familia: la norma de la práctica judicial, la norma del sistema jurídico nacional y la norma de desarrollo de la sociedad marroquí y las exigencias del desarrollo.

 

Reto de la revisión

 

No cabe duda de que dicha Carta real conlleva una relevante apuesta modernista a largo plazo, su contenido permanece fuertemente contextualizado en las condiciones tanto de su producción como de su recepción. Es evidente que la palabra del Rey no es como las demás, pues en este contexto particular se trata de un mensaje solemne que articula de un lado, el horizonte de espera de toda una nación para un posible cambio en la realidad socio jurídica de la familia marroquí, y de otro lado, la movilización real de los recursos necesarios para garantizar la buena gestión del cambio deseado.

 

Su Majestad el Rey comienza su Carta al jefe del gobierno recordándonos que el Código de familia, promulgado hace casi dos décadas, ha logrado avances en la promoción de los derechos de la mujer, la salvaguardia de los derechos del niño, la preservación de la dignidad humana, la consolidación del Estado de derecho y la construcción de una sociedad democrática.

 

Esta apuesta socio política por la modernización de la sociedad marroquí y la democratización de su sistema político, no fue anunciada por Su Majestad el Rey por primera vez a través de su Carta al jefe de gobierno, sino contenida en todos sus discursos relacionados con la familia y la mujer en Marruecos, tal como Su Majestad se había preguntado en su discurso del 20 de agosto de 1999: ¿Cómo podemos esperar alcanzar el progreso y la prosperidad cuando las mujeres, que constituyen la mitad de la sociedad, ven vulnerados sus intereses, sin tener en cuenta los derechos con los que nuestra santa religión las ha puesto en pie de igualdad con los hombres, derechos que corresponden a su noble misión, haciéndoles justicia frente a cualquier inequidad o violencia de la que puedan ser víctimas? o en su discurso con motivo de la apertura del segundo año legislativo de la VII legislatura el 10 de octubre de 2003, cuando SM subrayo fuertemente su papel determinante en asegurar la promoción de la condición de la mujer: “Además de las múltiples decisiones e iniciativas que hemos tomado y que fueron fuertes señales a favor de promover la condición de la mujer de manera equitativa, no hemos dudado en intervenir para evitar a la sociedad los riesgos de desgarro en torno a esta cuestión”, así como en su discurso con motivo de la recepción de los dos presidentes del Parlamento y su entrega a Su Majestad de la Ley del Código de Familia el 03/02/2004, considerando que “la Ley del Código de Familia es un elemento esencial en la construcción de nuestra sociedad democrática moderna”.

 

El mismo significado otorgado a la cuestión de la mujer, fue claramente expresado en el Discurso del Trono de 2022 cuando Su Majestad subrayó que “la construcción del Marruecos del progreso y la dignidad, que queremos, solo se logrará con la participación de todos los marroquíes, hombres y mujeres, en el proceso de desarrollo”. Añadiendo que “El progreso de Marruecos depende de la condición de la mujer y de su participación activa en diversas esferas del desarrollo”. Así constituye el progreso del país en términos de desarrollo, democracia y modernidad, el reto principal subrayado de manera insistente en el Discurso Real cuando se trata de la cuestión de la mujer y la familia en Marruecos.

 

Por lo tanto, la apuesta estratégica detrás de la reforma del Código de Familia, es una apuesta que concierne a todos los marroquíes, mujeres y hombres, al progreso y avance de Marruecos, y esto significa que reformar el Código de familia de una manera que garantice la dignidad y los derechos de las mujeres y los niños, es una apuesta en beneficio de todos los marroquíes, es una apuesta por el interés general de la sociedad, diría incluso por el interés supremo de la Nación.

Investigador y exministro

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