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viernes, abril 26, 2024

España cosecha los primeros frutos de la reconciliación con Marruecos

 

Rue20 Español / Rabat

 

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“No hay mal que por bien no venga”, reza el refrán español. Las crisis se pueden convertir en oportunidades. Una de las lecciones de la última crisis diplomática entre Marruecos y España: siempre hay esperanza y optimismo.

 

La crisis fue una oportunidad. La decisión histórica española de respaldar el Plan de Autonomía para el Sáhara bajo la soberanía marroquí ha permitido dar un nuevo impulso optimista a las relaciones hispano-marroquíes.

 

A pesar de las críticas minoritarias dirigidas al Gobierno por su nueva decisión, la realidad está dando la razón a Sánchez. España ya empieza a cosechar los frutos de la nueva etapa inédita inaugurada con Marruecos.

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El nuevo contexto diplomático ha facilitado la puesta en marcha del “Convenio entre el Reino de España y el Reino de Marruecos sobre cooperación en materia de seguridad y de lucha contra la delincuencia, hecho en Rabat el 13 de febrero de 2019”.

 

Tras más de 3 años de espera, “el presente Convenio entrará en vigor el 30 de abril de 2022”, según un documento oficial al que tuvo acceso Rue20 Español.

 

Gracias al nuevo acuerdo, ambos países cooperarán en el ámbito de la lucha contra la delincuencia, especialmente la delincuencia en formas organizadas, sobre todo, en materia de lucha contra las acciones criminales.

 

El acuerdo subraya la cooperación en la lucha contra el terrorismo, incluyendo la colaboración y la financiación; los delitos contra la vida y la integridad física de las personas. Además de la detención ilegal y el secuestro, los delitos contra la propiedad, el tráfico ilegal de estupefacientes, sustancias psicotrópicas y precursores, la trata de seres humanos y la inmigración ilegal; la explotación sexual de menores y la producción, distribución o posesión de material de contenido pornográfico con participación de menores; la extorsión; el robo, el tráfico y el comercio ilegal de armas, municiones, explosivos, sustancias radiactivas, materiales biológicos, nucleares, productos de doble uso y otras sustancias peligrosas; el blanqueo de dinero y las transacciones financieras ilegales; los delitos en el campo económico y financiero; la falsificación de moneda; la falsificación y alteración de medios de pago y títulos, así como su distribución y uso; los delitos contra objetos de índole cultural con valor histórico, el robo y el tráfico ilegal de obras de arte y objetos antiguos.

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La colaboración entre las partes incluirá también el intercambio de información y la prestación de ayuda en la actividad operativa de investigación.

 

 

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