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jueves, junio 4, 2026

Reforma laboral redefine el régimen de trabajo de los guardias de seguridad en Marruecos

 

Rue20 Español/Rabat

El Consejo de Gobierno aprobó este jueves un proyecto de ley destinado a modificar el Código de Trabajo en lo relativo a las condiciones laborales de los guardias de seguridad empleados por empresas del sector de la vigilancia.

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La medida, recogida en el proyecto de ley n.º 032.26 que modifica la ley 65.99, fue presentada por el ministro de Integración Económica, Pequeñas Empresas, Empleo y Competencias. El texto fue examinado y adoptado durante la reunión semanal del Consejo de Gobierno.

Durante la rueda de prensa posterior al Consejo, el ministro delegado encargado de las Relaciones con el Parlamento y portavoz del Gobierno, Mustapha Baitas, explicó que esta iniciativa busca beneficiar a los trabajadores del sector de la seguridad que mantienen contratos con empresas de vigilancia, en conformidad con la legislación vigente.

El portavoz del Gobierno señaló que esta reforma se enmarca en la aplicación progresiva de los compromisos del acuerdo social firmado el 29 de abril de 2024, así como en la implementación de los resultados del diálogo social central de la sesión de abril de 2026, especialmente en lo relativo a la revisión de determinadas disposiciones del Código de Trabajo.

El proyecto tiene como objetivo completar el artículo 193 de la ley 65.99, excluyendo a los guardias de seguridad con contrato laboral de la categoría de trabajadores considerados de naturaleza intermitente. En consecuencia, estos empleados dejarán de estar sujetos a regímenes especiales de jornada de doce horas y pasarán a estar regidos por la duración normal del trabajo establecida en el artículo 184 del Código de Trabajo.

Según el Gobierno, esta modificación contribuirá también a la creación de nuevos puestos de trabajo, al permitir la incorporación de un mayor número de trabajadores en el sector, en el marco del respeto de las disposiciones legales vigentes.

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