Rue20 Español/Rabat
El presidente de la Cámara de Consejeros, Mohamed Ould Errachid, afirmó hoy lunes, en Rabat, que Su Majestad el Rey Mohamed VI concede gran importancia a la justicia social y territorial, considerándola un factor esencial para todos los proyectos de reforma y desarrollo, así como un pilar fundamental para garantizar una vida digna, fortalecer la estabilidad social y promover la solidaridad nacional.
En su discurso inaugural del IX Foro Parlamentario Internacional sobre Justicia Social, celebrado en el Consejo de Consejeros bajo el lema «La generalización de la protección social en Marruecos», Ould Errachid añadió que la protección social constituye el pilar de los derechos sociales y económicos. Citó el artículo 25 del artículo 1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que establece que «Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios», y el artículo 22 del mismo documento, que afirma que «Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad».

En este mismo contexto, Ould Errachid señaló que los Estados partes en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales reconocen, en virtud de su artículo 9, el derecho de toda persona a la seguridad social, incluido el seguro social.
El presidente del Consejo de Consejeros indicó que la descripción de la protección social como «pilar de los derechos sociales y económicos» se ve reforzada por el reconocimiento internacional de la protección social como un derecho humano fundamental cuya cobertura debe ampliarse. Las convenciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), especialmente el Convenio núm. 102 sobre las normas mínimas de la seguridad social (texto de referencia para los derechos y obligaciones relacionados con los ámbitos de la protección social), establecen que los programas de protección social deben incluir todas las garantías básicas que se otorgan a las personas a lo largo de sus vidas, garantizando el acceso a los servicios sanitarios y educativos, y un ingreso mínimo acorde con los niveles nacionales. Esto debe ir acompañado de programas de apoyo al empoderamiento económico y políticas que estimulen la productividad y contribuyan a la creación de empleo organizado y decente, que garantice los derechos y las conquistas sociales de los trabajadores durante su empleo y después de la jubilación.

Siguiendo esta misma línea de razonamiento, Ould Errachid destacó que los Objetivos de Desarrollo Sostenible para 2030 califican el proyecto de protección social como «único», ya que constituye el punto de partida y el objetivo final de la mayoría de los diecisiete objetivos de este plan.
Ould Errachid subrayó que Marruecos, desde la independencia, bajo el reinado de los reyes difuntos Mohamed V y Hassan II, ha trabajado en la construcción de un sistema nacional de protección social que incluye la creación de un sistema de seguridad social, un sistema mutualista y un sistema de indemnización por accidentes de trabajo, entre otros.
De igual manera, Ould Errachid enfatizó que, desde la ascensión al trono de Su Majestad el Rey Mohamed VI, Marruecos ha entrado en una nueva etapa centrada en el fortalecimiento y enriquecimiento de este sistema, comenzando con la Iniciativa Nacional para el Desarrollo Humano, que impulsó una nueva dinámica en la lucha contra la pobreza y la vulnerabilidad, pasando por la reforma de los sistemas de cobertura sanitaria, hasta la puesta en marcha, por Su Majestad, en el discurso del Trono de 2020, de la generalización de la protección social para todos los marroquíes, en el marco de una visión real que busca completar la construcción de los cimientos del Estado social.
Continuó diciendo que esta visión se ha plasmado en la Ley Marco núm. 09.21 sobre protección social, elaborada en consonancia con los compromisos convencionales de Marruecos y basada en las disposiciones de la Constitución del Reino, que dedica su segundo capítulo a las libertades y derechos fundamentales, incluyendo, en su artículo 31, la obligación positiva del Estado, las instituciones públicas y las colectividades territoriales de movilizar todos los medios disponibles para facilitar el acceso de los ciudadanos, en igualdad de condiciones, a todos los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, principalmente el derecho a la atención médica, el derecho a la protección social, la cobertura sanitaria y la solidaridad mutualista u organizada por el Estado.
Señaló que entre los puntos fuertes de esta ley marco se encuentra la definición de un calendario para su implementación, que normalmente corresponde a las normas reglamentarias, lo que demuestra claramente que su aplicación se basa en una metodología de gestión por resultados, que solo cree en la aplicación correcta sobre el terreno y en la satisfacción de las necesidades de los beneficiarios y su seguridad social real.
Ould Errachid afirmó que, aunque nadie puede dudar de la importancia de los logros alcanzados en materia de protección social en el país, este proyecto de reforma, por sólida que sea su base, se enfrenta a numerosos desafíos, ya sea en términos de adecuación de la legislación nacional a las normas internacionales y el fortalecimiento del marco jurídico en su globalidad para evitar la superposición de normas, o en términos de garantizar la sostenibilidad del sistema frente a los cambios económicos, sociales y demográficos, especialmente teniendo en cuenta el aumento de las necesidades y expectativas de los ciudadanos en el contexto de las actuales y futuras limitaciones financieras e institucionales.
Concluyó afirmando que, si bien es posible hablar de los albores de un auge social sin precedentes, una de las condiciones de este auge reside necesariamente en la participación mediante el pensamiento colectivo y el debate público constructivo y serio. Este foro constituye un espacio institucional propicio para esta participación, al ofrecer oportunidades para detallar los desafíos mencionados y buscar soluciones colectivas innovadoras para superarlos.
