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viernes, noviembre 22, 2024

Aprobados cuatro proyectos de ley sobre el sistema sanitario

 

 

Rue20 Español/ Rabat

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La Cámara de Consejeros aprobó el martes por unanimidad cuatro proyectos de ley relativos al sistema de salud.

 

Se trata del proyecto de ley n° 10.22 relativo a la creación de la Agencia Marroquí de Medicamentos y Productos Sanitarios, el proyecto de ley n° 11.22 relativo a la creación de la Agencia Marroquí de la Sangre y sus Derivados, el proyecto de ley n° 23.23 relativo a la creación de la Fundación Mohammed VI para la Ciencia y la Salud, y el proyecto de ley n° 39.22, que modifica y completa el Dahir n° 1-57-187 del 24 joumada II 1383 (12 de noviembre de 1963) relativo al estatuto de las mutualidades.

 

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En cuanto a la Agencia Marroquí de Medicamentos y Productos Sanitarios, el ministro de Sanidad y Protección Social, Khalid Ait Taleb, indicó en una presentación que la Agencia se encargará de aplicar las orientaciones estratégicas de la política del Estado destinadas a garantizar la soberanía de los medicamentos, la disponibilidad de medicamentos y productos sanitarios, así como su seguridad y calidad.

 

En cuanto a la Agencia Marroquí de la Sangre y sus Derivados, Ait Taleb precisó que se encargará de aplicar las orientaciones estratégicas de la política gubernamental destinadas a desarrollar las reservas de sangre humana para responder a las necesidades nacionales, suministrar todos los derivados sanguíneos en todas las circunstancias y garantizar su seguridad y calidad, así como fabricar, importar y comercializar medicamentos derivados de la sangre.

 

Por otra parte, Ait Taleb explicó que la creación de la Fundación Mohammed VI para la Ciencia y la Salud tiene por objeto apoyar el sistema nacional de salud mediante la promoción de tratamientos, así como el desarrollo de la enseñanza superior, la formación, la investigación y la innovación.

 

En cuanto al proyecto de ley nº 39. 22 por el que se modifica y completa el Dahir nº 1-57-187 de 24 Jumada II 1383 (12 de noviembre de 1963) relativo al estatuto de las mutualidades, el ministro indicó que su objeto es incluir a las mutualidades creadas en las fuerzas de seguridad nacional en la lista de mutualidades a las que la administración puede conceder exenciones de las disposiciones de dicho Dahir, en particular en lo que se refiere a la posibilidad de abrir el método de elección de los miembros del consejo de administración y del comité ejecutivo de estas mutualidades en lugar del procedimiento de elección actualmente en vigor, siguiendo el ejemplo del procedimiento en vigor en las mutualidades pertenecientes a las Fuerzas Armadas Reales y a las Fuerzas Auxiliares.

 

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