Rue20 Español/Rabat
La Cámara de Representantes adoptó por mayoría, en el curso de una sesión legislativa, celebrada el lunes, el proyecto de ley n°21.24 que establece disposiciones particulares relativas al régimen básico del seguro de enfermedad obligatorio (AMO) aplicable a las personas capaces de cotizar y que no ejercen ninguna actividad remunerada o no remunerada.
Al presentar el contenido de este proyecto de ley, que fue aprobado por 99 diputados y rechazado por un solo diputado, el ministro delegado de Relaciones con el Parlamento, portavoz del Gobierno, Mustapha Baitas, destacó que este texto «se inscribe en la aplicación del Proyecto Real relativo a la generalización de la protección social y entra en juego para superar los obstáculos encontrados en la generalización de la cobertura médica para las distintas categorías».
El proyecto tiene por objeto «garantizar la continuidad de los servicios prestados a las personas que se beneficiaban anteriormente del AMO, aplicable a las personas que no pueden pagar sus cotizaciones, bien porque no han solicitado seguir beneficiándose de este régimen, bien porque ya no cumplen las condiciones para beneficiarse del AMO, en particular el umbral fijado por el régimen».
Las disposiciones más importantes de este proyecto de ley son «la exención del periodo de probación de tres meses estipulado en la ley 60.22 relativa al régimen AMO aplicable a las personas capaces de cotizar y que no ejercen ninguna actividad remunerada o no remunerada y que se beneficiaban de dicho régimen a 30 de noviembre».
«El proyecto de ley permite a las administraciones, entidades locales y establecimientos públicos que prestan apoyo o asistencia pública a los asegurados beneficiarios del «AMO Achamil» comprobar, por diversos medios, incluido el electrónico, que estos asegurados pagan sus cotizaciones a la CNSS», precisó el ministro.
Este texto también prevé la recuperación de los costes de las prestaciones garantizadas por el AMO para los asegurados que, a 30 de noviembre de 2023, estaban cubiertos por el régimen básico de seguro de enfermedad obligatorio para las personas que no pueden pagar sus cotizaciones, o que estaban cubiertos por el organismo encargado de la gestión del régimen desde la fecha de entrada en vigor de su inscripción, fijada en el 1 de enero de 2024, hasta el final del tercer mes siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.
El proyecto también hace referencia a «un texto reglamentario que determinará las modalidades de comprobación de la regularidad de las personas inscritas en dicho régimen en lo que respecta al pago de los importes de cotización previstos en el artículo 12 de la citada ley nº 60.22».