Rue20 Español/ Tánger
El Tribunal Supremo Español ha anulado este jueves una medida aprobada en mayo de 2019 por el Gobierno de Melilla por la que los menores de edad procedentes de la ciudad marroquí de Nador tenían que tener visado si querían empadronarse en la ciudad ocupada de Melilla.
El Supremo ha tildado dicha medida de «discriminatoria» respecto a los niños españoles y a los menores extranjeros de otra procedencia, según El País.
El certificado de empadronamiento abre la puerta, entre otros derechos, a la escolarización, por lo que su obtención supone para muchos niños de Melilla la diferencia entre poder ir a la escuela o no.
«Los marroquíes residentes en Nador pueden acceder a Melilla sin visado, igual que los vecinos melillenses pueden cruzar la frontera sin la estampa y las autoridades utilizan esta particularidad para oponerse a la escolarización de menores no empadronados, la mayoría de ellos nacidos y crecidos en Melilla, de padres marroquíes o también melillenses indocumentados», ha explicado El País.
Cabe señalar que varios menores indocumentados pero residentes en Melilla han permanecido durante años fuera del sistema educativo por las trabas impuestas para empadronarse y a pesar de las constantes reivindicaciones de colectivos de defensa de la infancia.
La exigencia del visado para inscribirse en el padrón no solo ha dificultado el acceso a la educación de centenares de menores en Melilla, sino también a otros servicios básicos como la sanidad.