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viernes, marzo 29, 2024

El Gobierno amplia las categorías de la protección social

 

Rue20 Español/Rabat

 

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El Consejo de Gobierno, reunido el jueves bajo la presidencia del Jefe de Gobierno Aziz Akhannouch, ha aprobado dos proyectos de decreto en el marco del compromiso del Ejecutivo de aplicar el proyecto de Protección Social en los plazos previstos.

 

Se trata del proyecto de decreto n° 2.22.207 por el que se modifica el anexo del decreto n° 2.18.622, relativo a la aplicación de la ley 98-15 relativa al seguro médico obligatorio de base (SMO), así como de la ley 99.15 por la que se instituye un régimen de pensiones para las categorías de profesionales, trabajadores autónomos y personas no asalariadas que ejercen una actividad liberal, indicó el ministro delegado encargado de Relaciones con el Parlamento, portavoz del gobierno, Mustapha Baitas, durante una rueda de prensa al término del Consejo.

 

Presentado por el ministro de Sanidad y Protección Social, Khalid Ait Taleb, este texto tiene como objetivo integrar nuevas categorías profesionales en la lista de categorías y subcategorías de profesionales, trabajadores independientes y autónomos que ejercen una actividad liberal, explicó, señalando que se trata de los propietarios de embarcaciones de pesca artesanal, excepto los sujetos al régimen de seguridad social, los trabajadores sociales, los periodistas no asalariados con tarjeta de prensa profesional, los gerentes de empresas no asalariadas y los deportistas no asalariados.

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Esto también se aplica a otros autónomos que ejercen, por cuenta propia, una actividad generadora de ingresos, independientemente de la actividad y los ingresos, y de si son o no propietarios de un local para ejercer su actividad.

 

Asimismo, el proyecto de decreto sustituye el punto 14 del anexo del decreto nº 2.18.622, en el que se indica que la categoría de conductores profesionales se compone de dos subcategorías, a saber, «los taxistas» y «el resto de conductores titulares de la tarjeta de conductor profesional», detalló Baitas.

 

En el mismo sentido, el Consejo de Gobierno aprobó el proyecto de decreto n° 2.22.208 que modifica y completa el decreto n° 2.21.928, relativo a la aplicación de la ley 98.15 relativa al SMO, la ley 99.15, así como el artículo 73 III del código general de impuestos, en lo que concierne a los autoempresarios, añadió el portavoz del gobierno.

 

Presentado por Ait Taleb, el proyecto de decreto tiene por objeto regular los efectos jurídicos de la inscripción en el SMO para los autoempresarios inscritos en el registro nacional del autoempresario después del 31 de diciembre de 2021, permitiendo a las personas concernidas beneficiarse del SMO, pagando previamente las cuotas de afiliación. Map

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