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viernes, noviembre 22, 2024

El Islam en España en cifras

 

Rue20 Español / Mequínez

 

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Mohamed Charbi

 

El islam es una religión que se extendió en la península ibérica desde el siglo VIII durante la época de Al Ándalus hasta su prohibición a mediados del siglo XVI por la Corona de Castilla y la expulsión de los moriscos en 1609.

 

El Islam tuvo una presencia fundamental para la cultura (el arte, la arquitectura, el lenguaje), las ciencias y la historia de Al-Ándalus.

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Según las estadísticas, en Europa, actualmente viven unos veinticinco millones de musulmanes, muchos de segunda y tercera generación. Y en España hay alrededor de dos millones, muchos de ellos nacidos entre España o con la nacionalidad española adquirida y conversos.

 

Los musulmanes representaban en 2016 el 4,9% de la población europea, de unos 507 millones.

 

Las predicciones elaboradas por el acreditado Centro de Investigaciones Pew (Pew Research Center), con sede en Washington, señalan que en 2050 serían unos 538 millones de europeos y el número de musulmanes pasaría a ser el 14% de la población, es decir, unos 75 millones.

 

En España, en 2050 pasarían a representar del 2,6% al 7,2% del total de ciudadanos.

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Actualmente, los ciudadanos que practican el Islam en España representan aproximadamente el 4% de la población de España, según la Unión de Comunidades Islámicas de España (UCIDE), una organización religiosa con sede central en Madrid, fundada en el año 1980.

 

De ellos, el 58% son inmigrantes y el 42% restante son ciudadanos españoles, es decir, extranjeros que han adquirido la nacionalidad española o bien son hijos de inmigrantes nacidos en territorio nacional. De ese 58% mencionado anteriormente, los marroquíes conforman el bloque más numeroso, dado que representan el 38%.

 

La Junta Islámica indica que el total de los musulmanes que viven en España son unos dos millones y que, de esos, es fácil estimar que 200.000 o más son españoles de origen.

 

Por autonomías, las que cuentan con un mayor número de ciudadanos musulmanes son Cataluña con 607.000 musulmanes, Andalucía (360.000) y Madrid con (3000).

 

Las ciudades ocupadas de Ceuta y Melilla son las ciudades donde la proporción de musulmanes resulta mayor. Suponen el 43% y el 52% de su población, respectivamente.

 

Lugares de culto en España

 

Trece siglos han transcurrido desde que se construyera en Algeciras la primera mezquita musulmana de toda Europa, la Mezquita Aljama.

 

Mientras que la primera mezquita española de la época contemporánea se edificó en Ceuta en 1940, el mismo año que se levantó otra en Córdoba. Después vino la del rey Fahd, en Marbella, de 1981, y la de los Ahmeditas en Pedro Abad (Córdoba), de 1982.

 

Según los recuentos más fiables, hay en torno a 1.700 edificios, locales o antiguos garajes diseminados por toda España que se emplean como lugar de culto islámico concentrando a los musulmanes de su periferia cinco veces al día. Una veintena de estos espacios de culto son templos al uso con alminares y madrasas.

 

Enseñanza de la Religión Islámica

 

La introducción de la doctrina del Islam en las aulas adquirió formato legal en España en el año 1996, cuando se aprobó y publicó el contenido y el curriculum de las clases de la asignatura denominada genéricamente como ‘Enseñanza Religiosa Islámica’.

 

Previamente, en el año 1992 se firmó un acuerdo entre el Estado español y la Comisión Islámica, que establece que los niños pueden estudiar la asignatura de Religión Islámica, siempre que los padres lo soliciten en los centros educativos y haya un número mínimo de alumnos por centro.

 

Para poder ser profesor de Religión Islámica hay que formar parte sí o sí de la Comisión Islámica de España. El Ministerio de Educación se encarga de formalizar las contrataciones, pero siempre a propuesta de este organismo islamista. Estas personas, además, deberán contar con la titulación debida (Magisterio).

 

El contenido de la asignatura de Religión Islámica para la Educación Primaria se estableció en una resolución del Ministerio de Educación del año 2014, durante la primera legislatura de Mariano Rajoy. Entre las capacidades a adquirir por parte de los estudiantes al finalizar el curso se encuentran la de «conocer y arraigar la fe en Allah, Creador del Universo, de todos los seres vivos y Único Dios adorado»; «valorar y apreciar la importancia de la Creación y reconocer en el mundo natural la acción y atributos de Allah»; «leer, recitar y memorizar diferentes fragmentos del Corán y descubrir los valores básicos del Islam».

 

Sin embargo, actualmente casi el 90% del alumnado musulmán carece de clases de la asignatura de Religión Islámica en el conjunto del territorio español y el 90% del profesorado de esta materia se encuentra desempleado, de acuerdo con las estadísticas de la UCIDE.

 

La ley española y la religión islámica

 

El artículo 16 de la Constitución española garantiza “la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley”.

 

Además, el artículo 27 de la Carta Magna también reconoce que “los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.

 

Basada en estos preceptos, la Ley 7/1980 de Libertad Religiosa establece en su artículo segundo que toda persona tiene derecho a “recibir e impartir enseñanza a información religiosa de toda índole, ya sea oralmente, por escrito o por cualquier otro procedimiento; elegir para sí, y para los menores no emancipados e incapacitados, bajo su dependencia, dentro y fuera del ámbito escolar, la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.

 

Del acuerdo firmado el 10 de noviembre de 1992 entre el Gobierno de Felipe González y la Comisión Islámica de España resultó la norma: Ley 26/1992.

 

El artículo 10 de la Ley 26/1992 señala que se debe garantizar “a los alumnos musulmanes, a sus padres y a los órganos escolares de gobierno que lo soliciten, el ejercicio del derecho de los primeros a recibir enseñanza religiosa islámica en los centros docentes públicos y privados concertados”.

 

Para el Ministerio de Educación español, “todos los centros españoles tienen la obligación de ofrecer la asignatura de religión y el alumnado puede elegir cursarla o no”.

 

Es muy útil extender la asignatura a más colegios, ya que el hecho de impartir el Islam en las escuelas sirve para que la diversa sociedad española halle puntos de encuentro, así como favorece el entendimiento mutuo y la convivencia.

 

 

Referencias

 

https://www.google.com/amp/s/www.newtral.es/islam-baleares-colegios-nos-preguntais/20210903/%3famp

https://www.google.com/amp/s/www.eldia.es/opinion/2020/12/17/europa-espana-islam-2050-26419790.amp.html

https://www.elconfidencial.com/espana/2018-08-21/seis-graficos-islam-espana_1606301/

https://www.elmundo.es/sociedad/2016/04/10/570a288646163fbb2f8b4648.html

https://www.google.com/amp/s/es.euronews.com/amp/2021/03/04/el-islam-asignatura-optativa-en-la-escuela-publica-en-cataluna

https://www.google.com/amp/s/www.elconfidencialdigital.com/articulo/vivir/chequeo-islam-espana-200000-espanoles-conversos-1700-lugares-culto/20211029120048296725.amp.html

https://www.google.com/amp/s/www.elespanol.com/castilla-y-leon/20211127/profesores-islam-castilla-leon-sin-carceles-hospitales/630187461_0.amp.html

https://www.google.com/amp/s/www.vozpopuli.com/espana/profesores-religion-islamica-ceuta-melilla.html%3famp=1

 

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